Propone Diputada María Luisa Ojeda González incorporar la Visitaduría de atención a mujeres y niñas a la CEDH
2 minutos de lectura*Propuso reformas y adiciones a la Ley de la CEDH
*Que la Visitaduría Regional que funciona en La Paz, pase a convertirse en Visitaduría de Atención a Mujeres y Niñas sin generar un impacto presupuestal
La paz B.C.S. La Diputada María Luisa Ojeda González (PRD) propuso reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Baja California Sur, para la creación de la “Visitaduría de Atención Especializada para Mujeres y Niñas” en el municipio de La Paz, Baja California Sur, la cual ofrecerá una atención especializada a quien solicite una investigación tras considerarse una violación a sus derechos.
Ojeda González expuso que la “Visitaduría de Atención Especializada para Mujeres y Niñas” mejorará la atención ya que ésta estará a cargo de una profesionista de su mismo sexo, que ofrecerá confianza y un trato empático no solo en la recepción de las quejas, sino en llevar a cabo las investigaciones que resulten, del mismo modo, fungirá administrativamente como coordinador de las Visitadurías, será enlace para mantener una comunicación permanente y directa con quien ocupe la Titularidad de la CEDH, el Consejo Consultivo y la Secretaria Ejecutiva.
Lo antes expuesto, en atención al alto porcentaje de violación a los derechos humanos en contra de Mujeres y Niñas, que no llegan hacerse del conocimiento de los organismos que promueven y difunden el respeto de sus derechos, casi siempre por que la víctima quiere evitar a toda costa ser revictimizada al hablar del problema. La propuesta fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas para su estudio y análisis.
La iniciativa con proyecto de Decreto contempla la adición de la fracción IV al artículo 16; la reforma artículo 40; la creación del artículo 41Bis y se adiciona un último párrafo al artículo 43; se reforma el primer párrafo del artículo 70; y se reforma el primer párrafo del artículo 95 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California Sur.