PROPONE DIPUTADA MERCEDES MACIEL LEGISLAR EN MATERIA FE CONTROL DE PIROTECNIA EN EL ESTADO
3 minutos de lectura*Propuso reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios y a la Ley Orgánica del Gobierno Municipal del Estado.
La Paz, BCS.-A fin de frenar la venta de pirotecnia que ponen en peligro la vida, especialmente de la niñez y adolescentes, así como del daño al medio ambiente en contaminación al aire, auditiva y el daño a las personas que padecen autismo como a los animales, la Diputada María Mercedes Maciel propuso legislar en la materia, a través de una iniciativa de reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios y a la Ley Orgánica del Gobierno Municipal del Estado.
Durante la sesión de la Diputación Permanente, la representante del PT presentó la iniciativa que le fue entregada por la asociación Shrines del Oasis de La Paz A.C., que plantea la problemática que vive la niñez y adolescencia en materia de uso de elementos de pirotecnia y explosivos.
La legisladora refirió que en el mes de diciembre se registraron diversos reportes de accidentes; “para prevenir y evitar este tipo de accidentes, así como la contaminación atmosférica, auditiva y del suelo, así como el daño a las mascotas y a las personas que padecen de autismo, es necesario medidas que garanticen la protección a las niñas, niños, medio ambiente y animales”, expuso.
En la reforma se incluye entre derechos de la niñez y adolescentes, el derecho a la información preventiva sobre las medidas de prevención de accidentes, incluyendo los relacionados con el uso y manipulación de explosivos y artificios contemplados en la Ley Federal de Armas de Fuegos y Explosivos en el Estado.
Se propone adicionar un párrafo segundo al artículo 7 de la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado, en el que contempla entre facultades del Gobernador “prohibir a la ciudadanía en el Estado, el uso, venta y distribución de la quema de fuegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría. El Estado, sus Municipios y las organizaciones religiosas serán los únicos facultados para hacer uso de los fuegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría, siempre bajo previa autorización”.
Mientras que en la Ley Orgánica Municipal añade a las facultades de los Ayuntamientos, “prohibir en el ámbito de sus atribuciones el uso, venta y distribución de la quema de fuegos pirotécnicos, incluyendo artificios y pirotecnia fría”.
La iniciativa fue turnada a las comisiones permanentes de Ecología y de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y de Protección Civil de para su dictaminación.