Proponen reformas al Código Civil de BCS en materia de modificación y expedición de actas de nacimiento
2 minutos de lectura*La iniciativa ciudadana presentada al pleno tiene por objeto modificar el término “menor de edad” por el de “mayor de quince años de edad” para el cambio identidad de género, entre otros
La paz B.C.S. Este jueves 05 de septiembre la mesa directiva de la XVII Legislatura del Congreso del Estado de BCS, recibió iniciativa ciudadana, la cual, a fin de dar certeza jurídica, propone adicionar una fracción al artículo 141, como causal de nulidad de un acta; modificar la fracción IV del artículo 144 Bis referente a la aclaración de actos registrales; los artículos 144 Ter, 144 Quater y 144 Quinquies relativos a la modificación o expedición de nuevas actas en función de la “identidad de género”, todos del Código Civil del Estado de Baja California Sur.
En la exposición de motivos, Rafael Loera Vázquez, promovente de la iniciativa en comento, sentenció que al ser las actas de nacimiento, documentos oficiales de identidad, la modificación o rectificación de éstas pueden ser gestionadas por organizaciones criminales, para defraudar o incluso, para facilitar la trata y la explotación sexual infantil, por lo que, “a fin de evitar que a un niño de dos, tres, o cuatro años se le manipule e induzca algún cambio[…];resulta insostenible colocar en la legislación, a un menor de edad como sujeto de derechos, si no se toma en cuenta su sano desarrollo de la personalidad, en correlación a su capacidad de ejercicio”, subrayó.
Ahí mismo el iniciador planteó destacar la intervención de los progenitores, tutores o custodios en dichos procedimientos, ya sea cuando se efectué administrativamente con su aprobación, o en contra de su consentimiento, en un procedimiento jurisdiccional.
La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Puntos Constitucional y de Justicia para su análisis y dictamen.