La Ley Federal de Revocación de Mandato, así como sus usos y restricciones son aplicadas por el Gobierno de Los Cabos
2 minutos de lectura*Será el 10 de abril el día del proceso para la Revocación de Mandato Federal.
Los Cabos, B.C.S., 18 Mar.- Se informa a la comunidad en general que, previo al proceso de Revocación de Mandato Federal que se realizará el próximo 10 de abril, los usos, conceptos y restricciones en la propaganda gubernamental, -con el objetivo de difundir el quehacer, acciones, o logros de bienestar para la población que se emite por las autoridades y dependencias del Gobierno de Los Cabos, con cargo al presupuesto público-, deberán ser ajustados de acuerdo al artículo 134, párrafo 8vo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Es importante enfatizar que, la responsabilidad de los servidores públicos implica en no influir en competencia de partidos políticos como lo seria: reuniones, marchas y todo aquel acto que involucre a aspirantes, precandidatos y candidatos de partidos políticos antes, durante y después de campañas electorales.
En este sentido, se comunica que las expresiones de los servidores públicos, -sin intención de difusión política-, no constituyen propaganda gubernamental, como tampoco lo es la información de interés público en cualquiera de los formatos difundidos por los servidores públicos, así lo señala la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Para finalizar, se comunica que las sanciones a cualquier autoridad o servidor público de cualquier ente, que violente lo antes escrito, -detallado en los artículos 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato-, deberá ser aplicado conforme a ley, es decir, no aplican sanciones por analogía o mayoría de razón.