Proponen armonizar la Ley de Educación Superior para el Estado de BCS
3 minutos de lectura*Se trata de una Iniciativa con Proyecto de Decreto por la cual se crea la Ley de Educación Superior para el Estado de Baja California Sur, que presenta el diputado José María Avilés Castro, y las diputadas Paz del Alma Ochoa Amador y María Luisa Trejo Piñuelas, integrantes de la Comisión de Asuntos Educativos
La paz B.C.S. La diputación permanente recibió Iniciativa con Proyecto de Decreto por la cual se crea la Ley de Educación Superior para el Estado de Baja California Sur propuesta por el diputado José María Avilés Castro; Paz del Alma Ochoa Amador y María Luisa Trejo Piñuelas, presidente y secretarias respectivamente de la Comisión de Asuntos Educativos, derivado de las reformas a los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019.
La presente iniciativa implica la obligatoriedad de garantizar una cobertura universal en educación, pues se reconoce la responsabilidad para garantizar el acceso a todas las personas a la educación, desde el nivel inicial hasta el tipo superior, priorizando el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
La propuesta establece el carácter reglamentario de la Ley respecto a la materia de educación superior reconocida en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 10 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur. También mandata la obligatoriedad de la educación superior para el Estado e indica la obligación de las autoridades federales y locales a proporcionar medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan con los requisitos dispuestos por las instituciones públicas.
El presidente de la Comisión de Asuntos Educativos José María Avilés Castro, fue quien dio lectura a la iniciativa, precisando que tendrá como objetivos Establecer las bases para dar cumplimiento a la obligación del Estado de Baja California Sur, de garantizar el ejercicio del derecho a la educación superior; II. Contribuir al desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo, ético y económico del país y del Estado de Baja California Sur, a través de la formación de personas con capacidad creativa, innovadora y emprendedora con un alto compromiso social, que pongan al servicio de la Nación, del Estado de baja california sur y de la sociedad sus conocimientos; III. Distribuir la función social educativa del tipo de educación superior en el Estado de Baja California Sur y los municipios que lo integran; IV. Establecer la coordinación, promoción, vinculación, participación social, evaluación y mejora continua de la educación superior en el Estado de Baja California Sur; V. Orientar los criterios para el desarrollo de las políticas públicas en materia de educación superior con visión de Estado; VI. Establecer criterios para el financiamiento correspondiente al servicio público de educación superior; y VII. Regular la participación de los sectores público, social y privado en la educación superior.