Se creará el Sistema Estatal Hacendario de BCS
4 minutos de lectura*Fue propuesto por el Diputado Enrique Ríos con la finalidad de modernizar las haciendas públicas en BCS y armonizar el marco jurídico hacendario bajo principios de productividad, desarrollo integral, y que fomente la profesionalización y certificación de sus servidores públicos
La paz B.C.S. Con la finalidad de crear un sistema que coordine los esfuerzos interinstitucionales entre el Gobierno del Estado y los cinco ayuntamientos de la Entidad en materia de fortalecimiento hacendario, que propicie una mayor eficacia en la obtención y administración de sus ingresos, el Congreso del Estado aprobó la creación del Sistema Estatal Hacendario y su funcionamiento encomendado a un Consejo Estatal Hacendario.
El pleno de la asamblea legislativa aprobó el dictamen de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y de Asuntos Fiscales y Administrativos de una iniciativa para reformar la Constitución y la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado, presentada el pasado 15 de junio por el diputado Enrique Ríos Cruz (Morena).
En la fracción XVI del artículo 79 constitucional estatal se adiciona que “… el Gobernador del Estado por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración concurrirá conforme a la ley de la materia, a la integración del Sistema Estatal Hacendario, el cual tendrá por objeto establecer los principios, bases y políticas públicas tendientes a fortalecer la coordinación hacendaria entre el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos de la Entidad”.
En tanto que en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado se adiciona un Título Quinto Bis denominado ¨Del Sistema Estatal Hacendario¨, el cual tendrá por objeto “establecer los principios, bases y políticas públicas tendientes a fortalecer la coordinación hacendaria entre el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos de la Entidad. Su funcionamiento estará encomendado al Consejo Estatal Hacendario”.
El Consejo Estatal Hacendario será el órgano de enlace, consulta, opinión y análisis técnico, el cual tendrá por objeto coadyuvar al fortalecimiento del Sistema de Coordinación Hacendaria entre el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos de los municipios de la entidad, así como para desarrollar e implementar programas de capacitación y profesionalización a los diversos servidores públicos.
El Consejo Estatal Hacendario estará integrado por la persona titular de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, quien lo presidirá; un integrante de la Comisión Permanente de Asuntos Fiscales y Administrativos del Congreso del Estado; las personas titulares de las Sindicaturas Municipales de cada uno de los ayuntamientos y las personas titulares de las tesorerías municipales de cada uno de los ayuntamientos de la Entidad, asimismo contará además con un Secretario Técnico, el cual le servirá de apoyo y soporte para el mejor desempeño de sus atribuciones.
El Consejo Estatal Hacendario deberá quedar instalado dentro de los diez días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto y el reglamento del Consejo Estatal Hacendario deberá aprobarse dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación del propio consejo.
En la discusión, la diputada Eda Palacios externó a favor que “El Consejo Estatal Hacendario no actuará de manera unilateral , ya que quienes de manera directa toman los acuerdos o decisiones son el titular de la Secretaría de Finanzas del Estado, un representante del Congreso del Estado, las y los tesoreros municipales, las y los síndicos municipales, que son los representantes legales de los ayuntamientos y los acuerdos que sean tomados en dicho consejo serán de carácter consultivo y propositivo.
Por su parte el iniciador Enrique Ríos puntualizó que dicho consejo no tiene de ninguna manera carácter de autoridad, puesto que no tiene las características de ser unilateral, imperativo o coercitivo; citó el artículo 94 bis que refiere que el consejo es un órgano de enlace de consulta, opinión y análisis técnico el cual tiene por objeto coadyuvar al fortalecimiento del sistema de coordinación hacendario entre el Gobierno del Estado y los ayuntamientos, también emitirá recomendaciones en política hacendaría municipal así como opinar a solicitud de los ayuntamientos, promover y alentar la observancia del balance presupuestario, someter a la consideración de los ayuntamientos de la Entidad un proyecto organizado para las leyes de ingresos de los municipios.