La Ley Federal de Revocación de Mandato, así como sus usos y restricciones son aplicadas por el Gobierno de Los Cabos
2 minutos de lectura*Será el 10 de abril el día del proceso para la Revocación de Mandato Federal.
Los Cabos, B.C.S., 18 Mar.- Se informa a la comunidad en general que, previo al proceso de Revocación de Mandato Federal que se realizará el próximo 10 de abril, los usos, conceptos y restricciones en la propaganda gubernamental, -con el objetivo de difundir el quehacer, acciones, o logros de bienestar para la población que se emite por las autoridades y dependencias del Gobierno de Los Cabos, con cargo al presupuesto público-, deberán ser ajustados de acuerdo al artículo 134, párrafo 8vo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Es importante enfatizar que, la responsabilidad de los servidores públicos implica en no influir en competencia de partidos políticos como lo seria: reuniones, marchas y todo aquel acto que involucre a aspirantes, precandidatos y candidatos de partidos políticos antes, durante y después de campañas electorales.
En este sentido, se comunica que las expresiones de los servidores públicos, -sin intención de difusión política-, no constituyen propaganda gubernamental, como tampoco lo es la información de interés público en cualquiera de los formatos difundidos por los servidores públicos, así lo señala la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Para finalizar, se comunica que las sanciones a cualquier autoridad o servidor público de cualquier ente, que violente lo antes escrito, -detallado en los artículos 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato-, deberá ser aplicado conforme a ley, es decir, no aplican sanciones por analogía o mayoría de razón.